La Diputación de A Coruña destina partidas para la contratación de personal técnico en gestión cultural
La Diputación de A Coruña destina case setecientos cincuenta mil euros a la contratación de personal técnico en gestión cultural y/o animación sociocultural
Publicada el listado de ayudas del programa FO206: subvenciones a ayuntamientos y entidades locales para la contratación de personal técnico en gestión cultural y/o animación sociocultural en el año 2018
06/06/2018|BOP de Coruña
Se resolvió:
1º.- Aprobar la concesión de las subvenciones incluidas las reformulaciones y cambios de objeto correspondientes al Programa FO206:Convocatoria del programa de subvenciones a ayuntamientos y entidades locales para la contratación de personal técnico en gestión cultural y/o animación sociocultural, durante el año 2018, a los ayuntamientos y entidades locales siguientes:
Anexo
2º.- Considerar cómo definitivos los presupuestos modificados de oficio en aquellos casos que incluían gastos no subvencionables según la convocatoria. Los solicitantes pueden consultar los presupuestos definitivos accediendo al expediente telemático.
3º.- Disponer el gasto de las subvenciones concedidas con cargo a la siguiente aplicación presupuestaria: 0612/3341/46201, fase La, referencia nº 22018000326, operación nº 220180007051, importe: 749.998,97?
4º.- Denegar la concesión de las subvenciones correspondientes al Programa FO206:Convocatoria del programa de subvenciones a ayuntamientos y entidades locales para la contratación de personal técnico en gestión cultural y/o animación sociocultural, durante el año 2018, a los ayuntamientos y entidades locales siguientes por los motivos que se indican: Anexo
5º.- Publicar la presente resolución definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia, con el que se entenderá notificada a los interesados, de acuerdo con el establecido en el artículo 45.1.b. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Conclusión
Contra la presente resolución, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes perante el mismo órgano que dictó el acto, o recurso contencioso-administrativo, perante el Juzgado del Contencioso Administrativo de A Coruña o de aquel en el que tenga su domicilio el recurrente, a su elección, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a aquel en el que tenga lugar a notificación.
Si se había optado por interponer el recurso de reposición potestativo no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se produzca su desestimación por silencio.